Noviembre es un mes de Todos los Santos (meditar sobre la santidad en la familia) y oración por los Fieles Difuntos. Los padre Miguelitas, en la letanía a san Miguel Arcángel invocamos: Auxiliador de las almas del purgatorio, intercede por nosotros. Así pues, seguimos a nuestro Patrón, rezando por las almas del purgatorio y promocionamos su legado por su salvación.
Comenzando por el Credo, la Iglesia reconoce este legado en las obras de misericordia espirituales: Rogar a Dios por los vivos y los difuntos. Este año la Iglesia nos proporciona unas novedades.
La indulgencia por los difuntos estará disponible no solo en la octava, sino durante todo el mes de noviembre. La Santa Sede emitió un decreto especial modificando la posibilidad de obtener la indulgencia, adaptándola a la situación actual, causada por la pandemia del coronavirus.
Las reglas anteriores establecían que para obtener la indulgencia por los Fieles Difuntos, se debe visitar el cementerio del 1 al 8 de noviembre y rezar por las almas de los difuntos, manteniendo las condiciones permanentes de la indulgencia: estar en un estado de gracia santificante, recibir la Sagrada Comunión ese día, estar libres de apego al pecado –incluso el venial– y rezar por las intenciones que el Papa lleva en su corazón (con una oración elegida por Usted).
El mismo día 2 de noviembre, en las mismas condiciones, también se puede obtener la indulgencia por los Fieles Difuntos, relacionada con la visita a una iglesia o capilla y el rezo en ellas de las oraciones del “Padre Nuestro” y ” El Credo”.
El decreto de la Santa Sede, publicado el viernes (23/10/2020) amplía la posibilidad de obtener la indulgencia de 8 días (octava) a todo el mes de noviembre. Además, los enfermos y los ancianos no tienen que visitar el cementerio, especialmente cuando no pueden salir de la casa debido a las restricciones. Como se indica en el decreto, la idea es evitar los encuentros de los fieles donde estén prohibidas.
El decreto señala desde principio, que reglas presentadas, son para garantizar la seguridad de los fieles.
Como leemos en el decreto, la visita al cementerio, también espiritualmente, y rezar por los Fieles Difuntos “se puede trasladar a otros días del mismo mes hasta su final” – no es necesario realizar estas prácticas exactamente en los días de octava desde la Solemnidad de Todos los Santos (1-8 de noviembre). El decreto indica, que puede haber diferentes días, elegidos por los fieles, y pueden ser separados.
Además, la indulgencia plenaria, establecida con el motivo de la conmemoración de todos los Fieles Difuntos (2 de noviembre), obtenida por quienes visitan piadosamente la iglesia o capilla y rezan allí el “Padre Nuestro” y “Creo en Dios…”, puede trasladarse no solo al domingo anterior o posterior de la Solemnidad de Todos los Santos, sino también en cualquier otro día de este mes, libremente elegido por los creyentes.
Los ancianos, enfermos y todos aquellos que, por razones graves, no puedan salir de su hogar, por ejemplo, debido a las restricciones impuestas por las autoridades competentes durante la pandemia, con el fin de evitar, que muchos creyentes se reúnan en lugares sagrados, podrán obtener la indulgencia plenaria siempre y cuando se unirán espiritualmente a todos los demás fieles, excluirán todo apego a cualquier pecado y se propondrán cumplir lo antes posible las tres condiciones habituales: confesión sacramental, recibir la Comunión y rezar por el Santo Padre frente a la imagen de Jesús o la Santísima Virgen María, oración devota por los Fieles Difuntos, por ejemplo, laudes y vísperas del oficio de difuntos, el Rosario, la Coronilla de la Divina Misericordia u otros. Rezar por los difuntos o realizar una lectura meditativa de uno de los fragmentos del Evangelio, propuestos en la liturgia por los difuntos o realizar las obras de misericordia, ofreciendo a Dios los sufrimientos y las molestias o dificultades de la propia vida.
El decreto anima a los sacerdotes a “celebrar con celo el Sacramento de la Penitencia y llevar la Sagrada Comunión a los enfermos” y celebrar la Santa Misa tres veces en el día de la memoria de Todos los Fieles Difuntos, el 2 de noviembre.
También se recordó que en lo que respecta a las condiciones espirituales para obtener una indulgencia plenaria, la Santa Sede se refiere en este caso a las directrices ya publicadas en la nota “Sobre el sacramento de la penitencia en la actual situación pandémica”, emitida en marzo de este año.
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