Pedro Domínguez
Previo a la promulgación y proclamación de la Constitución de 2010, su contenido fue discutido y analizado por amplios y diversos sectores de nuestra sociedad. La gente y las instituciones se involucraron en el proceso. Entendí entonces que era un excelente precedente para futuras legislaciones que impactarían en nuestra cotidianidad, más allá de lo jurídico.
Pero me equivoqué, y las leyes posteriores transitaron de los despachos del Poder Legislativo a los del Poder Ejecutivo o viceversa, ante el olvido o indiferencia de la ciudadanía. Volvimos a lo habitual. Como consecuencia, padecemos un analfabetismo jurídico preocupante, una anomia, donde desconocemos aspectos básicos, como nuestros derechos y deberes consagrados en nuestra Carta Magna.
No es la falta de leyes nuestro principal problema; lo alarmante es que apenas estamos enterados de las mismas. Esta penosa realidad, por los siglos de los siglos, ha sido frecuente tanto entre gobernantes como entre gobernados, como si hubiese entre ambos una complicidad informal. Las reglas suelen incomodarnos, y no es extraño que miremos de mala manera a quien osare hacerlas cumplir.
Enfoquémonos en el Código Penal que entrará en vigencia en agosto, dentro de dos meses, sustituyendo al que nos rige desde 1884. Aunque contiene aspectos discutibles, representa un paso de avance, una adaptación a la actualidad social, jurídica, tecnológica y económica de nuestro tiempo. Tipifica delitos como el feminicidio, sicariato, ciberbullying, difusión de deepfakes con fines ilícitos, estafas piramidales, violencia económica, instigación al suicidio y autosecuestro.
De igual manera, contempla un aumento de las penas para determinados delitos, por ejemplo: prisión de hasta 40 años para los más graves, pudiendo, en determinadas circunstancias, llegar a 60 años en ciertas circunstancias; y endurece las penas para delitos como el feminicidio, violación sexual, delitos contra menores, corrupción administrativa, sicariato y diversas formas de criminalidad organizada. También introduce la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es decir, de las empresas.
Algunos teóricos desde sus cómodas oficinas podrían alegar el principio jurídico según el cual “la ley se presume conocida por todos y que nadie puede alegar ignorancia de la ley”, y que luego de ser promulgada y publicada toda persona está obligada a cumplirla, aunque no tenga idea de su existencia.
Pero si una norma de vital importancia no es razonablemente comprendida por la ciudadanía, se debilitan la seguridad jurídica y la igualdad ante la ley. No todos tienen las mismas oportunidadesde saber sus elementos esenciales.
Es tiempo de que, al menos, la Suprema Corte de Justicia, la Procuraduría General de la República y el Ministerio de Justicia inicien una notable campaña para que nuestro pueblo conozca los principales cambios introducidos en nuestro Código Penal. ¡Y haréis justicia!




