Solidaridad entre los trabajadores

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308 El contexto so­cioeconómico actual, caracterizado por procesos de globalización eco­nómico-financiera cada vez más rápidos, requiere la renovación de los sindicatos. En la actualidad, los sindica­tos están llamados a actuar en formas nuevas,673 ampliando su radio de acción de solida­ridad de modo que sean tutelados, además de las catego­rías laborales tradiciona­les, los trabajadores con contratos atípicos o a tiempo de­terminado; los trabajadores con un puesto de trabajo en peligro a causa de las fusio­nes de em­presas, cada vez más frecuen­tes, incluso a nivel internacional; los des­empleados, los inmigrantes, los trabajadores temporales; aquellos que por falta de actualización profesional han sido expulsados del mercado laboral y no pue­den regresar a él por falta de cursos adecuados para cualificarse de nuevo.

Ante los cambios introducidos en el mundo del trabajo, la solidaridad se podrá recuperar, e incluso fundarse mejor que en el pasado, si se actúa para volver a descubrir el valor subjetivo del trabajo: «Hay que seguir preguntándose sobre el sujeto del trabajo y las condiciones en las que vive». Por ello, «son siempre necesarios nuevos movimientos de solidaridad de los hombres del trabajo y de solidaridad con los hombres del trabajo».674

309 En la búsqueda de «nuevas formas de solidaridad»,675 las asociaciones de trabajadores deben orientarse hacia la asunción de mayores responsabilidades, no solamente respecto a los tradicionales mecanismos de la redistribución, sino también en rela­ción a la producción de la ri­queza y a la creación de con­diciones so­ciales, políticas y culturales que permitan a todos aquellos que pueden y desean trabajar, ejercer su derecho al trabajo, en el res­peto pleno de su dignidad de trabajadores. La superación gradual del modelo organizativo basado sobre el trabajo asalariado en la gran empresa, hace además oportuna –salvando los de­rechos fundamentales del trabajo– una actualización de las normas y de los sistemas de seguridad social mediante los cua­les los trabajadores han sido hasta hoy tutelados.

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