Por: Reynaldo R. Espinal

rr.espinal@ce.pucmm.edu.do

Parte 6

En la constitución del año 1907 durante el gobierno de Cáceres también fueron plasmados los  propósitos de formalizar un régimen Concordatario entre el Estado Dominicano y la Santa Sede , pero no así en la constitución de 1908, dado que al votarse la misma, según el jurista M. Enrique Ubrí García , se hizo a “nombre del pueblo dominicano, haciendo desaparecer la invocación divina que había figurado en las constituciones anteriores y abolió la disposición que facultaba al Poder Ejecutivo para celebrar concordatos para el arreglo de los negocios de la iglesia”. (Opinión sobre el Concordato, Santo Domingo, 17 de junio de 1951), Pág. 7.

En su opinión, este cambio de actitud se debió a que: “…ya en Santo Domingo estaban tomando incremento las ideas del positivismo filosófico que habían prendido y tomado arraigo en los discípulos de Eugenio María de Hostos”.

Tiene mucho asidero lo planteado por el destacado jurista, pues sabido es que al alborear el siglo XX, los jóvenes de pensamiento liberal,  abanderados de un nuevo estado de cosas tras el magnicidio del tirano Ulises Heureaux,  quisieron introducir en el amplio y acalorado debate constitucional abierto entonces, la completa separación entre la Iglesia y el Estado.

El referido debate  tuvo como máximo defensor del estado laico al eminente jurista Rafael Justino Castillo, mientras que la defensa  de la Iglesia Católica fue asumida por el destacado sacerdote y patriota Rafael Conrado Castellanos y Martínez.

A partir de la Constitución del 1908,  no volvió a hacerse explicita referencia constitucional al tema de la firma de un Concordato hasta el año 1938, momento en el cual, el Nuncio Monseñor Maurilio Silvani presenta un proyecto, a tales fines, en enero de dicho año.

Específicamente, el 31 de enero de 1938,  Monseñor Silvani, mediante la Nota Diplomática No. 631/ 38, se dirige desde Puerto Príncipe a Trujillo en los siguientes términos:

“Excelentísimo Señor Presidente:

Tengo el alto honor de remitir a Vuestra Excelencia, como ya se lo he anunciado de viva voz, el adjunto proyecto de Concordato.

 El abarca todas las cuestiones religiosas que interesan al Estado y al pueblo dominicano y se propone como fin consolidar de una manera más digna, más completa y definitiva las buenas y cordiales relaciones, que siempre han existido entre la Santa Sede y esa noble católica República, y que Vuestra Excelencia ha aún más cultivado y fomentado.

Al redactar este proyecto, yo me he inspirado en los Concordatos más recientes y, de un modo especial, en el Concordato italiano, que ha devuelto a Italia la paz religiosa, la unión de los espíritus y su grande y gloriosa fisonomía católica.

No me cabe, Señor Presidente, la menor duda de que Vuestra Excelencia tomará este proyecto con la más atenta y benévola consideración, convencido de hacer obra gratísima al corazón del Santo Padre y utilísima a su Patria.

Y como en las demás manifestaciones de la vida nacional Vuestra Excelencia supo levantar a su país a las más luminosas alturas del progreso, así, por lo que se refiere a la situación jurídica de la Iglesia Católica, no tardará a ponerlo, por el Concordato, a la vanguardia de las naciones católicas de América, asegurándole, de este modo, el lugar que le corresponde por haber sido en los designios de la divina Providencia, la cuna y el faro de la civilización católica en el nuevo mundo.

El Presente Proyecto no ha sido sometido aún al estudio de la Santa Sede: lo será cuanto antes. Me reservo, por lo tanto, el derecho de introducir en el mismo las modificaciones o adiciones que mis venerados Superiores juzguen eventualmente oportuno hacerme.

En la segura esperanza de que este Proyecto será bien acogido y realizado por Vuestra Excelencia, le reitero, Señor Presidente, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración”.

Maurilio Silvani

Arzobispo Titular de Lepanto

Nuncio Apostòlico.

Continuará.

1 COMENTARIO